Si usted está leyendo este folleto,
es posible que haya estado en un centro psiquiátrico, que tenga un
hijo que haya estado en un centro psiquiátrico o quizás usted
forma parte del personal de dicho centro.
Si usted tiene una discapacidad o si la gente sospecha o supone que usted la tiene (enfermedad mental) y esta discapacidad afecta su educación, existen 3 leyes que pueden protegerlo:
· La
Ley para Norteamericanos con Discapacidades (ADA)
· La
Sección 504 de la Ley de Rehabilitación (§504)
· La
Ley de Educación para Personas con Discapacidades (IDEA)
Muchas veces, los estudiantes se encuentran repetidamente en problemas en la escuela debido a su comportamiento. Existen protecciones especiales para casos de suspensiones y expulsiones si es que dicho comportamiento está relacionado con una discapacidad del estudiante.
Si no existe un plan §504 o un Plan de Educación Individualizada (IEP) y a usted le parece que debería tener uno, comience por obtener una evaluación. Usted puede pedirle a los médicos del centro en que se encuentra que le proporcionen uno.
Además, la escuela debe evaluar a cualquier estudiante en el cual se sospeche una discapacidad. Las evaluaciones que ya han sido realizadas por los profesionales apropiados deben ser consideradas para poder cumplir con los criterios para recibir servicios.
Algunas discapacidades invisibles que pueden ser consideradas para que un estudiante cumpla con los requisitos para obtener servicios son las siguientes:
· Trastorno
de estrés post traumático (PTSD)
· Trastorno
obsesivo compulsivo (OCD)
· Trastorno
con conducta oposicionista y desafiante (ODD)
· Daño
cerebral por traumatismo
· Trastorno
por déficit de atención (ADD) o Trastorno por déficit
de atención con hiperactividad (ADHD)
· Trastorno
bipolar
· Esquizofrenia
· Depresión
· Ansiedad
· Trastorno
de personalidad
Algunos de los servicios que pueden proporcionar las escuelas son los siguientes:
· Evaluación
de la función del comprtamiento (FBA)
ú Plan
de intervención para la modificación de la conducta (BIP)
Algunos de los servicios que pueden proporcionar las escuelas son los
siguientes:
· Evaluación
de la función del comportamiento (FBA)
· Plan
de intervención para la modificación de la conducta (BIP)
El plan de intervención para modificar la conducta debería
tener ejemplos específicos sobre cómo enfrentar los comportamientos
inapropiados cuando éstos ocurren en la escuela. Algunos planes
pueden incluir un programa diario, un plan en caso de crisis y un plan
de emergencia para mantener al estudiante en la escuela y en tratamiento
en vez de expulsarlo o enviarlo a detención. El comportamiento perturbador
tendrá consecuencias, y por lo tanto, lo mejor es que el estudiante
aprenda a comportarse apropiadamente mientras está en la escuela.
· Reuniones
para determinar la relación entre el comportamiento y la discapacidad:
Esto forma parte de la reunión para el plan 504 o para el IEP y
tiene el objetivo de determinar si los comportamientos problemáticos
del estudiante en la escuela están directamente relacionados con
su discapacidad.
· Modificaciones,
tales como un horario flexible para llegar a la escuela o salir de ésta.
Aún cuando el estudiante padezca de una discapacidad, éste no tendrá ninguna protección en un caso que involucre armas, drogas y comportamientos que causen un daño físico serio, tanto a sí mismo como a los demás. El personal administrativo de la escuela puede ubicar inmediatamente al estudiante en un ambiente alternativo. Si el estudiante está recibiendo servicios de educación especial, se debe seguir proporcionando algunos servicios educativos.
Sugerencias de planes para el comportamiento:
· período
de tiempo para que el estudiante se calme
· ir
a un salón especial
· contactar
a un adulto determinado en la escuela
· escribir
en un diario para procesar el incidente
· volver
a dirigir al estudiante hacia otras actividades
· capacitación
para mediación
· usar
técnicas para el control de la rabia
· darle
un tiempo libre al estudiante después de que haya finalizado sus
trabajos
Si el estudiante se encuentra en un hospital, en un programa residencial o en la escuela de su vecindario, el hecho de estar informado de su propio IEP y de participar en su Plan de intervención para la modificación de la conducta en la escuela, lo ayudará a recuperarse y en su transición al entorno escolar.
Contactos importantes:
Protection and Advocacy
(Protección y Abogacía)
(505) 256-3100 ó (800) 432-4682
Parents Reaching Out
(505) 247-0192 ó (800) 524-5176
Parents for Behaviorally Different Children
(505) 265-0432 ó (800) 273-7232